PROCEDIMIENTO SANITARIO PARA VIAJAR A CUBA

Protocolo de Entrada en Cuba para viajeros internacionales

En correspondencia con la situación epidemiológica internacional y nacional de la COVID-19 y los niveles de inmunización alcanzados, se ha decidido realizar las siguientes modificaciones a los requisitos de entrada al país como parte del Control Sanitario Internacional.

  • Eliminar como requisito de entrada al país la presentación de una prueba para COVID-19 (Test de antígeno o PCR-RT) realizada en el país de origen, así como el certificado de vacunación anti-COVID-19.
  • Se mantendrá la toma de muestra para estudio de SARS CoV-2 (gratuito) de forma aleatoria a viajeros en los puntos de entrada al país, teniendo en cuenta la cantidad de vuelos, la entrada de embarcaciones y el riesgo epidemiológico que represente el país de origen.
  • De resultar positiva la muestra tomada en el punto de entrada se procederá según los protocolos aprobados en el país para el control clínico-epidemiológico de la COVID-19.
  • Se mantienen todos los flujos y medidas implementadas en todos los puntos de entrada al país que garantizan el distanciamiento social y la desinfección de las manos y superficies.
  • Se mantiene el uso obligatorio de la mascarilla en todos los puntos de entrada al país.

CASOS POSITIVOS DETECTADOS EN CUBA

Todo viajero que arribe a Cuba y resulte positivo a la COVID-19 será ingresado en las instituciones de salud designadas al efecto en cada territorio.

Todos los contactos directos de estos viajeros serán aislados en centros designados para ello en cada territorio, o en el hogar, siempre que existan las condiciones necesarias y se garantice el cumplimiento de esta medida.

Los casos autóctonos confirmados que sean de riesgo, o la gravedad de su cuadro lo amerite, se ingresarán en instituciones de salud destinadas al efecto. El resto podrá ser ingresado en el hogar acorde con las condiciones de cada territorio.

Los contactos directos de los casos autóctonos confirmados se aislarán en sus viviendas y, de ser necesario, lo harán institucionalmente, por espacio de ocho días.

Las gestantes y niños menores de diez años confirmados se aislarán en las instituciones de salud destinadas al efecto.

El estudio de los contactos de primer orden de los casos confirmados se hará en el momento que se conozca su condición de contacto.

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