Criterio de selección para la Vacuna de Cáncer de Pulmón
Criterio de selección para la Vacuna de Cáncer de Pulmón
Para optar por el tratamiento con las vacunas terapéuticas CIMAvax y Vaxira para cáncer de pulmón, los pacientes deben cumplir con determinados requisitos los cuales relacionamos a continuación:
- Que el paciente tenga más de 18 años.
- Paciente con diagnóstico de Cáncer Primario de Pulmón definido como de Células no pequeñas.
- Confirmación cito y/o histológica en estadios IIIB o IV.
- Pacientes que hayan concluido la primera línea de tratamiento oncoespecífico (Quimio o Quimio/Radioterapia, terapias a dianas moleculares).
- Que haya sido evaluada la respuesta objetiva como Enfermedad estable, remisión completa o parcial, según los criterios RECIST establecidos, 4 semanas después de haber concluido el tratamiento primario y que no hayan transcurrido más de 8 semanas después de haber concluido este tratamiento.
- Otros estudios de dianas moleculares y marcadores tumorales que tenga realizados el paciente.
- Resultado de estudios imagenológicos: TAC, PET/CT al diagnóstico. Al inicio y al término de la terapia.
- Que desde el punto de vista funcional no tenga criterios negativos: complementarios dentro de límites normales de cifras Hematológicas y Hemoquímicas.
- Expectativa de vida de al menos 3 meses.
- Estado Clínico de la OMS 0 a 2. (estado clínico actual del paciente).
- Que no sea portador de metástasis cerebrales.
- Las pacientes femeninas en edad fértil deben utilizar métodos contraceptivos adecuados y poseer una prueba de embarazo negativa.
- Pacientes que hayan firmado el consentimiento informado para recibir este tratamiento vacunal.
- El resumen médico debe estar realizado por el médico de asistencia del país en cuestión donde deberá consignarse la solicitud expresa del tratamiento vacunal.
- Debe ser portador de una carta de autorización de la Agencia Regulatoria del país de residencia para los trámites aduanales pertinentes de entrada del medicamento. (**)
- No debe estar recibiendo ningún otro tratamiento.
El paciente debe reunir todos estos criterios los cuales deben consignarse en los documentos que evalúa la Comisión de Oncólogos.
Toda la información debe ser referida por su oncólogo tratante.
(**) Este acápite es de estricto cumplimiento, debe ser discutido previamente en su país y solucionar los trámites migratorios.
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